La Facultad

Funcionamiento

Funcionamiento de la Comisión de Garantía Interna de la Calidad

Según el Sistema de Garantía Interna de la Calidad (SGIC) de la UCLM verificado por ANECA, la Comisión de Garantía Interna de la Calidad (CGIC) de la Facultad / Escuela es un órgano que participa en las tareas de planificación y seguimiento del SGIC, actuando además como uno de los vehículos de comunicación interna de la política, objetivos, planes, programas, responsabilidades y logros de este sistema. La normativa que regula el funcionamiento de la CGIC es la siguiente:

 

NOMBRAMIENTO MIEMBROS COMISIÓN

 

El Decano / Director del Centro será el Presidente de la Comisión y elegirá, de entre los miembros de su equipo directivo, al Coordinador de Calidad. Por su parte, la Junta de Centro / Facultad elegirá al resto de miembros de la Comisión de Garantía Interna de la Calidad:

 

  • Un PDI con vinculación permanente al Centro de cada una de las Titulaciones y Másteres Oficiales del Centro.
  • Un representante de los estudiantes de cada una de las Titulaciones y Másteres Oficiales del Centro.
  • Un representante del PAS adscrito al Centro.
  • De manera opcional la Junta de Centro / Facultad podrá nombrar a agentes externos: Colegios Profesionales, Representantes del Sector Empresarial, Egresados, etc.


Una vez constituida la Comisión, esta procederá a nombrar al Secretario entre sus miembros.

 

Así mismo, la Junta de Centro nombrará un suplente de cada uno de los colectivos que forman la Comisión de Garantía de Calidad del Centro.

 

RENOVACIÓN MIEMBROS DE LA COMISIÓN

 

El nombramiento de cada miembro titular/suplente será por un periodo de cuatro años, salvo que pierda la condición por la cual fue elegido. En el proceso de renovación se procurará que los cambios garanticen la continuidad de las tareas de la Comisión.

 

CONVOCATORIA Y PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES

 

La Comisión de Garantía de Calidad del Centro deberá reunirse de manera ordinaria, al menos, con una periodicidad semestral, tras ser convocada por el presidente, celebrándose una de ellas en el último trimestre del año.

 

El quórum para la válida constitución de las sesiones de la Comisión de Garantía Interna de Calidad será el de la mayoría absoluta de sus componentes.

 

Si no existiera quórum, la Comisión se constituirá en segunda convocatoria dentro de las veinticuatro horas siguientes a la señalada para la primera. Será válida la constitución en segunda convocatoria siempre que al menos están presentes la tercera parte de los miembros de la Comisión de Garantía Interna de Calidad. Si no fuera posible la constitución en segunda convocatoria, se procederá a convocar una tercera en el plazo de los dos días hábiles siguientes, con un quórum de tres miembros de la Comisión.

 

Las reuniones ordinarias de la Comisión de Garantía Interna de Calidad serán convocadas por el Presidente, que establecerá el orden del día y se adjuntará a la convocatoria que envíe el Secretario. El Presidente deberá admitir para su inclusión en el orden del día toda propuesta realizada por 1/3, como mínimo, de los miembros de la Comisión, formuladas por escrito con la suficiente antelación respecto a la fecha de la reunión.

 

Corresponde al Presidente asegurar el cumplimiento del ordenamiento y la regularidad de las deliberaciones y debates en las sesiones para lo cual concederá y retirará el uso de la palabra, mantendrá el orden en los debates y someterá a votación las cuestiones que deban ser aprobadas por la Comisión.

 

VOTACIONES

 

Los acuerdos de la Comisión serán adoptados por mayoría simple. El Presidente tendrá un voto de calidad en el caso de igualdad de número de votos a favor o en contra de una decisión propuesta.

Las votaciones serán secretas cuando así lo solicite cualquiera de los miembros de la Comisión.